Los préstamos ICO COVID-19 son líneas de financiación respaldadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España, creadas para ayudar a empresas y autónomos a enfrentar los efectos económicos de la pandemia. Estas líneas incluyen un aval público que cubre un porcentaje del préstamo para reducir el riesgo del banco que lo concede.
Aspectos clave sobre los avalistas en los préstamos ICO COVID-19:
Aval público del Estado:
Estos préstamos están garantizados por el Estado a través del ICO en un porcentaje que varía:
Hasta el 80% del préstamo para autónomos y pymes.
Entre el 60% y el 70% para grandes empresas, dependiendo del tipo de financiación.
Esto significa que, en caso de impago, el aval del ICO cubre una parte significativa del capital pendiente.
Requisitos de avalistas personales:
En principio, los préstamos ICO COVID-19 no requieren avalistas personales adicionales porque ya cuentan con el respaldo del aval público.
Sin embargo, los bancos tienen la potestad de solicitar garantías adicionales (como avalistas personales o bienes) dependiendo del perfil de riesgo del solicitante.
Negociación con el banco:
Aunque el aval público reduce el riesgo para el banco, este sigue evaluando la solvencia del solicitante.
En algunos casos, especialmente si el banco considera que el riesgo es alto, podría exigir un avalista personal o bienes como garantía adicional.
Extensión de plazos y renegociación:
A partir de las medidas aprobadas por el Gobierno, se han permitido extensiones de plazos para la devolución de estos préstamos.
Si ya tienes un préstamo ICO y el banco te exige avalistas para renegociar términos, puedes explorar las condiciones del acuerdo marco entre el ICO y las entidades financieras para comprobar si es una exigencia justificada.
Protección del aval público:
El aval público se activa únicamente si el solicitante no cumple con los pagos y el banco lo reclama oficialmente.
Este aval protege a los bancos más que a los solicitantes.
Problemática actual
Tras el levantamiento de las ayudas obtenidas por medio de fondos europeos por parte del Gobierno de España, algunas empresas, dada su falta de liquidez e imposibilidad de atender al pago de las cuotas de los préstamos ICOs concedidos, se han visto obligados incurrir en mora.
De tal forma, que las entidades financieras han procedido a reclamar el 100% del capital prestado a la empresa y al avalista, en virtud de la cláusula de renuncia al derecho de excusión, división y orden, lo cual supone un incumplimiento de lo pactado contractualmente, pues recordemos que el ICO avala el 80%.
En este sentido, si tienes préstamo ICO recomendamos que revises el contrato y contactes que con experto legal que se asesore en la materia.
Desde Salvar Mi Empresa, disponemos de distintos mecanismos legales para reducir o anular la responsabilidad del avalista en los préstamos ICO, la jurisprudencia en estos casos aún está en desarrollo y nosotros hemos conseguido alguno de ellos.
Contáctanos hoy para una consulta gratuita y encuentra el apoyo que necesitas para salvar tu empresa y tu patrimonio personal.
Préstamos ICO COVID-19: Claves sobre Avalistas y Cómo Protegerte Legalmente
Los préstamos ICO COVID-19 son líneas de financiación respaldadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España, creadas para ayudar a empresas y autónomos a enfrentar los efectos económicos de la pandemia. Estas líneas incluyen un aval público que cubre un porcentaje del préstamo para reducir el riesgo del banco que lo concede.
Aspectos clave sobre los avalistas en los préstamos ICO COVID-19:
Esto significa que, en caso de impago, el aval del ICO cubre una parte significativa del capital pendiente.
Problemática actual
Tras el levantamiento de las ayudas obtenidas por medio de fondos europeos por parte del Gobierno de España, algunas empresas, dada su falta de liquidez e imposibilidad de atender al pago de las cuotas de los préstamos ICOs concedidos, se han visto obligados incurrir en mora.
De tal forma, que las entidades financieras han procedido a reclamar el 100% del capital prestado a la empresa y al avalista, en virtud de la cláusula de renuncia al derecho de excusión, división y orden, lo cual supone un incumplimiento de lo pactado contractualmente, pues recordemos que el ICO avala el 80%.
En este sentido, si tienes préstamo ICO recomendamos que revises el contrato y contactes que con experto legal que se asesore en la materia.
Desde Salvar Mi Empresa, disponemos de distintos mecanismos legales para reducir o anular la responsabilidad del avalista en los préstamos ICO, la jurisprudencia en estos casos aún está en desarrollo y nosotros hemos conseguido alguno de ellos.
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